La Dirección de Bienestar Institucional es el área encargada de promover los derechos de la comunidad institucional, así como, desarrollar procesos de apoyo para docentes, estudiantes y personal administrativo; acorde a los reglamentos que regulan el Sistema de Educación Superior y el Instituto Superior Tecnológico Cruz Roja Ecuatoriana – ISTCRE.

Becas y ayudas económicas

El ISTCRE a través del  Reglamento de Becas y Ayudas Económicas aprobado por el Honorable Consejo Académico, norma el procedimiento de solicitud, otorgamiento, renovación, seguimiento, control y pérdida de las becas y ayudas económicas que se conceden de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

El Reglamento de Becas y Ayudas Económicas  es de obligatorio cumplimiento para quienes participan del procedimiento de solicitud, otorgamiento, renovación, seguimiento, control y pérdida de las becas y ayudas económicas y; para sus beneficiarios.

El ISTCRE fundamenta la aplicación del Reglamento de Becas y Ayudas Económicas, enmarcado en los principios de igualdad de oportunidades y de calidad consagrados en el ordenamiento jurídico vigente.

 

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales se otorga “Beca por rendimiento académico”:

Beca otorgada a los estudiantes que mantengan promedio de al menos 35 puntos. Las postulaciones para beca por rendimiento académico se regirán con base a la siguiente puntuación y se dará prioridad a los promedios académicos más altos:

 

Promedio

Porcentaje de Beca

35.00 a 35.99

50%

36.00 a 37.99

75%

38.00 a 40.00

100%

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales se otorga “Beca por situación socioeconómica“:

Serán becas acreditadas bajo parámetros específicos  para estudiantes que demuestren  una situación socioeconómica desfavorable, es decir, que no poseen los recursos económicos suficientes para pagar los aranceles.

Este tipo de beca podrá ser del 25% al 50% de los aranceles del periodo académico.   La tabla de categorización y la priorización a las solicitudes de beca se realizará desde la categoría F hacia la categoría A, según la siguiente tabla:

 

Categoría

Porcentaje de Beca

F

50%

E

45%

D

40%

e

35%

B

30%

A

25%

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales se otorga “Beca por discapacidad“:

Este tipo de beca se otorgará a las personas que de conformidad con la Ley Orgánica de Discapacidades, presenten un una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, que restrinjan permanentemente su capacidad biológica, sicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en la proporción que establezca la normativa aplicable para el efecto.

La Dirección de Bienestar Institucional analizará la documentación presentada por el postulante y podrá recomendar el porcentaje de beca aplicable, en función de la siguiente tabla:

 

Porcentaje de discapacidad

Porcentaje de Beca

30%al 69%

50%

Del 70% al 100%

75%

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales se otorga “Beca por desempeño deportivo en representación del país“:

Será otorgada a estudiantes que representen en eventos deportivos internacionales al país, lo cual será verificado por la Dirección de Bienestar Institucional , con los documentos que se requieran al postulante.

Este tipo de beca será de máximo 75% de beca del arancel del correspondiente periodo académico.

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales se otorga “Beca para personas pertenecientes a pueblos y nacionalidades del Ecuador“:

De conformidad con la Constitución de la República, la LOES y el Estatuto del ISTCRE, se otorgarán becas a las personas pertenecientes a los pueblos y nacionalidades del Ecuador, previo el proceso correspondiente; y, a condición de que acrediten niveles de excelencia académica.

El porcentaje de beca aplicable a las personas pertenecientes a los pueblos y nacionalidades del Ecuador, será del 25% al 30% del arancel del respectivo periodo académico.

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales se otorga “Beca para migrantes retornados“:

La Beca para migrantes retornados, se sustentará en el análisis de los requisitos que establece la Ley Orgánica de Movilidad Humana para otorgar esta condición a los ecuatorianos que se hayan radicado en el exterior y retornen al territorio nacional para establecerse en él.

El porcentaje de beca aplicable para los migrantes retornados, será del 25% al 30% del arancel del respectivo periodo académico.

De conformidad con lo establecido en la normativa que rige al Sistema de Educación Superior y el Reglamento Institucional,  la Dirección de Bienestar Institucional deberá atender las solicitudes de los estudiantes del ISTCRE que se encuentren en situación de vulnerabilidad o que no cuenten con recursos económicos suficientes para el otorgamiento de ayudas económicas; para lo que se considerará ingreso familiar, situación de vivienda, egreso familiar, número de hermanos, falta de recursos económicos.

Para el efecto, la Dirección diseñará los instrumentos necesarios y recomendará al HCA el otorgamiento de este tipo de ayuda, para que, dicho órgano resuelva conforme la planificación institucional.

 

 

Conforme a lo establecido en el Reglamento de Becas y Ayudas Económicas institucionales  “Causas para la pérdida de la beca o ayuda económica“:

La beca o ayuda económica otorgada a un estudiante, se perderá por las siguientes causas:

  1. Por inasistencia injustificada a más del 20% de clases en el período académico;
  2. Por retiro de una asignatura o del periodo académico;
  3. Por haber sido sancionado bajo resolución emitida por el Consejo Académico; y;
  4. Por incumplimiento de los requisitos académicos y disciplinarios para mantener la beca o ayuda económica

El proceso de postulación de becas institucionales se encuentra establecido en los artículos 22 y siguientes del Reglamento de Becas y Ayudas Económicas del Istcre.

Horarios de atención

Sede El Inca

Más información

Campus Rumipamba

Más información

Campus El Batán

Más información

PLAN DE SEGURO INTEGRAL ISTCRE

El Instituto Superior Tecnológico Cruz Roja Ecuatoriana – ISTCRE consciente de la realidad global y con la finalidad de apoyar la carrera que los estudiantes han elegido en nuestra institución, ha decidido incluir en su portafolio de beneficios el siguiente “Plan de Seguro Integral de Educación” que incluye:

Accidentes personales

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¿Cómo usar mi seguro?

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Educación protegida

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Formulario

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INFORMACIÓN DE SEGURO ESTUDIANTIL

EDUCACIÓN PROTEGIDA

Este Seguro cubre los Costos Educativos del Estudiante en caso de Fallecimiento por cualquier causa o Incapacidad Total y Permanente del Representante Económico del Estudiante.

Se considera como Representante Económico al Padre y/o Madre del Estudiante, en caso de ausencia del Padre o de la Madre por muerte aplicará la cobertura para el Representante legal.

Se entenderá por representante legal aquella persona que tenga bajo su responsabilidad y asuma el costo de la educación del Estudiante.

La cobertura contempla los 365 días del año, 24 horas del día en cualquier parte del mundo.

 

LIMITES DE EDAD:

BECA ESTUDIANTIL

  • Muerte por Cualquier Causa del Representante Económico: Desde los 18 años hasta los 75 años de edad al 100% de las coberturas contratadas.
  • Incapacidad total y permanente del Representante Económico: Desde los 18 años hasta los 75 años de edad al 100% de las coberturas contratadas.

 

IMPORTANTE

El beneficio producto de esta póliza será pagado directamente y en un solo pago a la INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO CRUZ ROJA ECUATORIANA  para cubrir los costos de educación.

En caso que el beneficio excediese la cobertura de la colegiatura del estudiante, el valor excedente será pagado a quien ejerza la representación legal del estudiante.

Si ocurriere uno o más eventos que apliquen a los beneficios otorgados por la presente póliza, la cantidad máxima a pagarse entre ellas no excederá la suma máxima estipulada en el plan de Beca estudiantil.

Titular Asegurado: Padre y/o madre del estudiante, en caso de ausencia del padre o de la madre por muerte aplicará la cobertura para el representante legal.

Se entenderá por representante legal aquella persona que tenga bajo su responsabilidad y asuma el costo de la educación del Estudiante.

La cobertura contempla los 365 días del año, 24 horas del día en cualquier parte del mundo.

 

EXCLUSIONES

BECA ESTUDIANTIL:

Este endoso no cubre ninguna pérdida resultante de, o causada directa o indirectamente, completa o parcialmente por:

  • Suicidio, esté o no en uso de sus facultades mentales, durante los dos (2) primeros años.

 

DOCUMENTOS  NECESARIOS PARA LA RECLAMACION DE SINIESTROS:

Al fallecimiento del  Asegurado, los beneficiarios, acreditando su calidad de tales, podrán exigir  el  pago,  en  la  oficina  de  la  Compañía,  del valor asegurado presentando los siguientes documentos:

a.Formulario de reclamación.

b.Original de partida de nacimiento o cédula de ciudadanía del Asegurado.

c.Original de la partida de defunción del Asegurado.

d.Original de la partida de nacimiento  o cédula de ciudadanía del o los Beneficiarios.

e.La  documentación  necesaria  a  presentarse  para cada Anexo contratado estará detallada en las condiciones particulares de los mismos.

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES ESTUDIANTES:

Este Seguro cubre las 24 horas al día, los 365 días del año los eventos accidentales que puedan afectar a los Estudiantes Matriculados, de acuerdo al siguiente cuadro de coberturas:

 

DETALLE DE COBERTURAS:

24 HORAS

365 DÍAS

MUERTE ACCIDENTAL

$ 6.000,00

DESMEMBRACION ACCIDENTAL

$ 6.000,00

INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE POR ACCIDENTE

$ 6.000,00

PÉRDIDA DE VISTA OIDO O VOZ POR ACCIDENTE

$ 6.000,00

GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTE

$ 2.000,00

AMBULANCIA POR ACCIDENTE

$ 200,00

DEDUCIBLE PARA GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTE

$ 20,00

GASTOS DE FUNERAL POR MUERTE POR ACCIDENTE

$ 2.000,00

 

CONDICIONES PARTICULARES IMPORTANTES:

  1.  GARANTÍA DE ALUMNO ASEGURADO

Todo estudiante que se encuentre matriculado tendrá cobertura dentro de esta póliza.­

 

  1. ERRORES U OMISIONES

En caso de siniestro, si el alumno no consta en los listados, la institución educativa certificará que es alumno regular de plantel para proceder a su inclusión en forma retroactiva desde el inicio de la vigencia; el contratante realizará el pago de la prima correspondiente y de esta forma se autorizará el pago del reclamo.

 

LIMITES DE EDAD:

Para todas las Coberturas incuídas en esta póliza, desde los 2 años hasta el día en que cumplan los 65 años de edad al 100% de las coberturas contratadas.

 

EXCLUSIONES

ACCIDENTES PERSONALES

EXCLUSIONES DE MUERTE Y/O DESMEMBRACION ACCIDENTAL E INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE:

Este anexo no cubre ninguna pérdida o incapacidad resultante o causada directa o indirectamente, completa o parcialmente por:

  • Influencia de estupefacientes o bebidas alcoholicas, estando o no en uso de sus facultades mentales.
  • Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas (haya guerra declarada o no), amotinamiento, motín sublevación, huelga, conmoción civil, guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conspiración, sedición, asonada, poder militar o usurpado, ley marcial o estado de sitio o cualquiera de los sucesos o causas que determinen la proclamación o mantenimiento de la Ley Marcial o estado de sitio, comiso, cuarentena dispuesta por cuaquier gobierno o autoridad pública o local o por orden de dicho gobierno o autoridad o cualquier arma o instrumento que emplee fisión atomica o fuerza radiactiva, ya sea en tiempo de paz o de guerra. Esta exclusión no resultará afectada por cualquier endoso que no haga alusión específica a la misma, en parte o en todo
  • Servicio en las Fuerzas Armadas y Policía..
  • Participación directa en actos de contravencion a la ley que ocacionen sancion penal.
  • Suicidio, tentativa de suicidio o lesión autoinflingida o accidente deliberado, esté o no en uso de sus facultades mentales.

 

EXCLUSIONES DE GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTE

Se excluyen de la cobertura, los gastos originados en, relacionados con u ocurridos a causa de:

  • Influencia de estupefacientes o bebidas alcoholicas, estando o no en uso de sus facultades mentales.
  • Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas (haya guerra declarada o no), amotinamiento, motín sublevación, huelga, conmoción civil, guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conspiración, sedición, asonada, poder militar o usurpado, ley marcial o estado de sitio o cualquiera de los sucesos o causas que determinen la proclamación o mantenimiento de la Ley Marcial o estado de sitio, comiso, cuarentena dispuesta por cuaquier gobierno o autoridad pública o local o por orden de dicho gobierno o autoridad o cualquier arma o instrumento que emplee fisión atomica o fuerza radiactiva, ya sea en tiempo de paz o de guerra. Esta exclusión no resultará afectada por cualquier endoso que no haga alusión específica a la misma, en parte o en todo.
  • Servicio en las Fuerzas Armadas y Policía.
  • Participación directa en actos de contravencion a la ley que ocasionen sanción penal.
  • Suicidio, tentativa de suicidio o lesión autoinflingida o accidente deliberado, esté o no en uso de sus facultades mentales
  • Maternidad, parto, aborto o intento del mismo.
  • Enfermedades o secuela de procesos metabólicos o traumáticos preexistentes a la fecha de inicio de vigencia de la cobertura.
  • Exámenes físicos o biométricos de rutina o cualquier otro donde no haya indicaciones objetivas de deterioro en la salud normal y diagnóstico de laboratorio o exámenes de rayos X; excepto los motivados por accidente.
  • Cirugía plástica o cosmética excepto como consecuencia de lesión accidental.
  • Anomalías congénitas
  • Cualquier desorden mental o nervioso o curas de descanso
  • Reacción o radiación nuclear.
  • Vuelos como pasajeros en aerolineas no comerciales.
  • Práctica profesional de deportes o actividades en alta mar

 

DOCUMENTOS    NECESARIOS    PARA    GASTOS    MEDICOS    POR    ACCIDENTE:

  1. Aviso de Siniestro y Formulario de Reclamación correctamente diligenciado que incluya el diagnóstico.

 

*SI ES AMBULATORIO:

  1. Factura Original de Honorarios Médicos por la atención recibida.    En ella se detallarán los procedimientos realizados exclusivamente por el profesional que emite la factura.
  2. Receta o Prescripción de los medicamentos recomendados.
  3. Facturas de Medicinas (donde se encuentren detalladas cantidades, nombre del medicamento, precio unitario, precio del pedido, descuentos aplicados y  valor   a  facturar  por  c/u)  con  el  valor  total  de  la  venta.
  4. Orden de Rayos X
  5. Radiografías solicitadas e informes.

 

*SI ES HOSPITALARIO O FUE ATENDIDO EN CLÍNICA U HOSPITAL:

  1. Factura  Original  de  la  Casa  de Salud donde recibió la atención, con rubros desglosados y detallados que pueden incluir, pero no limitarse a: insumos , medicinas, exámenes de laboratorio, radiografías, honorarios y procedimientos  adicionales    y    los    respaldos   correspondientes.
  2. Historia  Clínica  o   008 donde  se describa ampliamente el mecanismo de lesión y las consecuencias de estas, Notas de Evolución donde se incluyan  la   valoración del especialista, hallazgos, prescripción y la maniobra o cirugía a realizarse, así como notas post tratamiento.
  3. Protocolo  Operatorio  y  Registro  de  Anestesia  por  el procedimiento realizado.
  4. Factura del Cirujano Principal o Traumatólogo, la del Ayudante (1) y del Anestesiólogo.
  5. Novedades  de  Enfermería  y  Kardex  de administración de medicamentos.
  6. Resultados  de  exámenes  de  Laboratorio  o  Imágenes  realizadas de la estructura lesionada.  (Rayos  X,  Tomografía  Axial Computarizada [TAC],
  7. Resonancia Magnética Nuclear [RMN].

PREGUNTAS FRECUENTES:

¿Qué es un accidente?

Es un evento súbito, imprevisto en independiente de la voluntad del asegurado, que involucra traumatismos.

 

¿Qué debo hacer cuando ocurre un accidente?

Debes acudir a un centro médico de convenio para tu atención por emergencia. Debes identificarte como Alumno del ISTCRE y estas Asegurado con Sweaden Seguros, con tu Cédula de identidad, con esta información el Centro Médico coordinará de inmediato tu atención.

 

Previo a tu salida deberás cancelar únicamente $ 20,00 por concepto de tu deducible.

 

¿Cómo puedo conocer los Beneficios de mi Seguro?

Tienes varios canales Habilitados:

Contáctanos para atender todas tus inquietudes.

 

¿Dónde puedo consultar los proveedores médicos a Nivel Nacional?

  • Puedes consulta la lista de proveedores médicos más cercanos llamando al Teléfono: 02 500 8000

 

¿Qué pasa cuando pagué los gastos medicos por mi accidente?

Puedes presentar los documentos para reembolso, por favor toma en cuenta la siguiente documentación a presentar:

  • Completar el formulario de Reclamo
  • Facturas originales de gastos, si son electrónicas el pdf recibido.
  • Recetas médicas (si aplica)
  • Pedidos médicos de Exámenes o Imagen. (si aplica)
  • Copia de Historia Clínica (si aplica)
  • Hoja de atención de Emergencia (si aplica).
  • Enviarlos digitalizados en un solo archivo pdf a info@losandesseguros.com

 

¿Si estoy tomando varias materias en distintos niveles y Fallece mi Padre que es mi representante económico, como aplica el Seguro:

Debes presentar la documentación para atención de tu reclamo y será el ISTCRE que certificará el nivel académico que estás cursando, la Compañía de Seguros pagará hasta ese monto correspondiente.

 

¿Cuánto tiempo tengo para notificar un evento, sea este de Beca Educativa o de Accidentes Personales?

Por favor notifica inmediatamente tengas conocimiento del caso, no dejes pasar mas de 30 días o tu reclamo será extemporáneo.

Este servicio institucional cuenta con el respaldo y la asesoría de:

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